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Unidad de Fortalecimiento Técnico de la Gestión de Recursos Humanos


El propósito de esta unidad es asegurar el funcionamiento del Sistema de la Gestión de Recursos Humanos, por medio de la emisión de criterios técnicos, impulsar la formulación y desarrollo de planes estratégicos en las OGEREH y de la implementación y evaluación de los productos que se generen en materia de la gestión de recursos humanos.

Funciones

  1. Impulsar la formulación y desarrollo de los componentes del Sistema de la Gestión de Recursos Humanos, con miras a la mejora continua de la gestión de recursos humanos, que repercuta a su vez en el efectivo servicio público.
  2. Coordinar con las Áreas Funcionales de la Dirección General, la transferencia hacia las OGEREH, de modelos, sistemas, procesos de gestión, instrumental técnico y tecnológicos creados para la innovación, modernización y el cambio en los métodos y procedimientos de trabajo de los procesos de la gestión de recursos humanos, como lo son: la organización del trabajo, gestión del empleo, compensaciones, gestión del desarrollo que incluye el rendimiento del personal, la planificación estratégica y la gestión de servicios de personal.
  3. Establecer políticas, estrategias, instrumentos, directrices y otras normas técnicas que permitan el desarrollo y consolidación del proceso de relaciones humanas y sociales en las OGEREH, coordinando para ello con las áreas sustantivas de la DGSC, cuando sea necesario.
  4. Establecer políticas, estrategias, instrumentos, directrices y otras normas técnicas que permitan el desarrollo y regulación del proceso de Evaluación del Rendimiento de los funcionarios cubiertos por el RSC.
  5. Fortalecer la gestión de recursos humanos por medio de la planificación y organización directa con las Oficinas de Servicio Civil para que se implemente, asesore, controle y evalúe, ante las Oficinas de Gestión Institucional de Recursos Humanos, todos los productos que se generen de las investigaciones que en esta materia se ejecuten por las Área Funcionales de la Dirección General.
  6. Evaluar el desarrollo de los componentes del Sistema de la Gestión de Recursos Humanos, que permita valorar los obstáculos con que se cuentan, plantear acciones de mejora ante las instancias competentes, realimentar el sistema e impulsar su perfeccionamiento.
  7. Generar y procesar información diversa debidamente estructurada, sobre el funcionamiento de la Gestión del Recurso Humano, así como proponer mecanismos de control que promuevan la eficacia de las OGEREH.
  8. Elaborar procedimientos funcionales, instructivos, formularios e instrumental técnico que considere necesario para implementar y evaluar la gestión de recursos humanos.
  9. Realizar revisiones del instrumental diseñado por el área, llevar controles y realizar las mejoras o actualizaciones que requieran para que estos promuevan el fortalecimiento del Sistema de la Gestión del Recurso Humano.
  10. Coordinar aspectos técnicos y administrativos con las Oficinas de Servicio Civil o con las diferentes Áreas de la Dirección General, con el propósito de contar con información actualizada que colabore con la toma de decisiones.
  11. Brindar criterio experto sobre temas específicos que se presenten por parte de las Oficinas de Servicio Civil, usuarios del Sistema u otras instancias, con el fin de emitir los lineamientos técnicos, ajustados a la norma estatutaria, que coadyuven con la labor que se desarrolla en el SIGEREH.
  12. Atender los estudios técnicos que se presentan ante el Director del Área en los cuales no existe congruencia de criterio entre las Oficinas de Servicio Civil y la Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos.
  13. Atender los casos urgentes que son remitidas por el Despacho del Director General, que requieren la emisión de criterios técnicos por parte de esta Dirección General de Servicio Civil, en todos los temas propios de nuestra gestión.
  14. Brindar apoyo estratégico y asistencia técnica al Director del Área, que le colabore con su toma de decisiones.
  15. Dar numeración a los puestos que no son pagados por presupuesto nacional, así como llevar control de los mismos y de los puestos que son declarados como de confianza, de conformidad con la norma dispuesta en el Artículo 4, inciso f) del Estatuto de Servicio Civil.

Productos y servicios: