Dirección General de Servicio Civil (DGSC)
La Dirección General de Servicio Civil (DGSC) entró en funciones a la luz de los acuerdos ejecutivos N° 41 del 24 de junio de 1953, No. 60 del 24 de setiembre de 1953 y No. 80 del 25 de noviembre de 1953.
El Acuerdo No. 41, se refiere de forma expresa al nombramiento de don Carlos Araya Borge como Director General de Servicio Civil, y a la autorización para dotar de presupuesto a lo que sería la Dirección General de Servicio Civil.
Así lo expresa don Carlos Araya en el primer Informe de Labores de la DGSC, remitido al señor Presidente de la República el 10 de febrero de 1954:
“El acuerdo ejecutivo N° 41 del 24 de junio de 1953 hizo efectiva el 28 del mismo mes la creación de la Dirección General de Servicio Civil, en cumplimiento de la ley N° 1581 (Estatuto de Servicio Civil), al nombrar, en virtud del artículo transitorio IV de la misma ley, el primer Director General, y puso término ipso facto, a la Oficina de Servicio Civil, sin que por ello hubiera solución de continuidad en las gestiones que sobre el régimen de Servicio Civil había iniciado ésta”. (Revista de Servicio Civil número 14, mayo 2003, p. 13).
Los acuerdos No. 60 y No. 80, hacen referencia a las competencias técnicas que tendría la Dirección General, según el artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil.
Desde su puesta en marcha en el año 1953, la Dirección General de Servicio Civil, resguarda la correcta aplicación del Estatuto de Servicio Civil, visto éste como un Régimen técnico-jurídico para la gestión de los recursos humanos que prestan sus servicios a las instituciones del Gobierno Central; define políticas, directrices y lineamientos y vigila la correcta aplicación de éstas, a partir de una estrecha relación con las cuarenta y siete Oficinas para la Gestión Institucional de los Recursos Humanos (OGEREH), entre otras instituciones del Estado.
Acuerdo No. 41 del 24 de junio de 1953
EL PRIMER VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN EL EJERCICIO DEL PODER
En virtud de la facultad que le confiere la ley No. 1581 del 30 de mayo de 1953, en sus artículos 8° y transitorio IV,
ACUERDA:
Nombrar al señor Carlos Araya Borge, Director General de Servicio Civil. Asignarle la dotación correspondiente al cargo de Director de la Oficina de Servicio Civil (Artículo 826-1), Inciso 1), hasta que sea aprobado el presupuesto para la Dirección General de Servicio Civil.
Etiqueta de imagen: Acuerdo No. 41 del 28-06-1953
Acuerdo No. 60.-San José, del 24 de setiembre de 1953
CARTERA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
En virtud de la facultad que le otorga el artículo Transitorio VI de la Ley No. 1581 de 30 de mayo de 1953,
ACUERDA:
La Dirección General de Servicio Civil asume a partir del 1° de octubre de 1953, las funciones que le encomiendan los incisos d), g) y k) del artículo 13 de la ley citada, respecto de todas las dependencias del Poder Ejecutivo.
Publíquese.-ULATE.-El Ministro de Trabajo y Previsión Social,-Francisco Ruiz.
Etiqueta de imagen: Acuerdo No. 60 del 24-09-1953
Acuerdo No. 80.-San José, 25 de noviembre de 1953
CARTERA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
En virtud de la facultad que le otorga el artículo transitorio VI de la Ley No. 1581 de 30 de mayo de 1953,
ACUERDA:
La Dirección General de Servicio Civil asume las funciones que le encomienda el inciso b) del artículo 13 de la ley citada, respecto a todas las dependencias del Poder Ejecutivo, a partir del 1° de diciembre próximo.
Publíquese.-JOSÉ FIGUERES-El Viceministro de Trabajo y Previsión Social,-Otto Fallas M.
Etiqueta de imagen: Acuerdo No. 80 del 25-11-1953
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